La Inspección General de Justicia (IGJ) aprobó la Resolución General 4/2026, que reforma profundamente el régimen aplicable a sociedades constituidas en el extranjero que operan en Argentina. La medida, firmada por Alejandro Ramírez, Director de la IGJ, deroga 29 de los 41 artículos del régimen anterior — el 67% del articulado — y simplifica o elimina exigencias que, según el propio organismo, no cumplían funciones útiles de control ni estaban respaldadas por la ley.
El problema que existía
El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, explicó el problema con precisión: “Argentina estaba enferma de trámites ridículos. Empresas con décadas de historia debían traer la documentación certificada de toda su trayectoria societaria. En algunos casos ese gasto —solo en fotocopias certificadas, apostillas y traducciones— podía superar los 100.000 dólares. No para operar. Solo para registrarse.”
Y señaló algo aún más revelador: “Lo más loco es que nada de esto lo pedía la ley. Se había acumulado por décadas simplemente porque se había naturalizado que controlar estaba bien.”
Qué cambia
La Resolución General 4/2026 introduce varios cambios concretos:
— Se admite el último estatuto ordenado oficial, sin requerir copias y traducciones de todos los documentos anteriores.
— Se acepta documentación digital apostillada
— ya no hace falta enviar originales en papel desde el exterior.
— Se puede tramitar la inscripción de la empresa extranjera y la constitución de la sociedad local en un solo trámite simultáneo.
— Se unifican criterios para sociedades que participen en empresas locales y para las que operen mediante sucursales o representaciones permanentes.
— Se agilizan trámites vinculados al traslado de jurisdicción, cierre de sucursales, inscripción de representantes legales y cancelación de sociedades.
Lo que se mantiene son los controles que sí tienen sentido: certificado de vigencia, estatuto, designación de representante y dos declaraciones juradas — el mismo estándar que usan países como España o Alemania. También se preservan los mecanismos de identificación de beneficiarios finales y prevención del lavado de activos.
El resultado
Sturzenegger fue directo: “A partir de la resolución, una empresa que quiere participar como socia en una sociedad argentina hoy tarda lo mismo que en cualquier país normal.”
La reforma surge del proceso de Elaboración Participativa de Normas impulsado por la IGJ, que permitió identificar obstáculos burocráticos concretos reportados por empresas que intentaban radicarse en el país. La resolución busca alinear el régimen argentino con estándares internacionales y con recomendaciones de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI/UNCITRAL).

Creadora de este diario libre de pauta y ad honorem · Paleolibertaria · Emprendedora · CABA, Argentina.
🌱 Si este contenido te aportó valor, podés apoyar nuestro proyecto con una donación voluntaria: matecito.co/potusamarillo o suscribirte mensualmente a nuestro newsletter semanal en potusamarillo.com/vip
Este sitio utiliza Grok para revisión de ortografía, gramática y estilo.