El Registro Nacional de Armas (RENAR) publicó en el Boletín Oficial la Resolución 24/2026, firmada por su Director Ejecutivo Juan Pablo Allan, que elimina la obligación de recertificar localmente productos de seguridad como chalecos antibalas, blindajes y otros materiales de usos especiales que ya cuenten con certificaciones internacionales reconocidas.
El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, explicó el problema que existía: “Hasta hoy, quien quisiera fabricar o importar esos productos debía cumplir obligatoriamente con la norma técnica RENAR y certificarla ante alguno de los dos laboratorios habilitados por el organismo. Es decir, que si el producto ya venía certificado bajo estándares internacionales reconocidos —NIJ, VPAM, Home Office o EN—, igual tenía que volver a certificarse localmente contra la norma RENAR.”
El resultado era predecible: productos que en el exterior cuestan la mitad llegaban a Argentina con un sobreprecio que no respondía a ninguna mejora en la seguridad, sino a un trámite burocrático adicional que nadie fuera del país exigía.
El doble problema: importación y exportación
El sistema creaba un obstáculo en ambas direcciones. Para importar, los productos debían recertificarse localmente aunque ya cumplieran con los estándares más exigentes del mundo. Para exportar, las empresas argentinas que fabricaban para compradores del exterior no solo debían cumplir con la norma exigida por el país de destino, sino también con la norma RENAR — una exigencia local adicional que encarecía la producción y restaba competitividad internacional.
Sturzenegger fue directo sobre el efecto: “Se usaba la exportación para armarse el negocito de la certificación local.”
Qué cambia con la Resolución 24/2026
A partir de la nueva norma:
— Los materiales de usos especiales certificados bajo normas internacionales reconocidas —NIJ, VPAM, Home Office y EN— podrán comercializarse en Argentina sin necesidad de obtener una homologación adicional bajo norma RENAR.
— Para exportar, los productos deberán cumplir únicamente con los requisitos y restricciones del país de destino, sin exigencias locales adicionales.
— Se amplía el universo de laboratorios que pueden certificar bajo norma RENAR, incorporando a los laboratorios acreditados por el Organismo Argentino de Acreditación.
Sturzenegger resumió el principio que guía la medida: “Se eliminan controles duplicados que no agregaban seguridad, asegurando al mismo tiempo el cumplimiento de los más altos estándares técnicos reconocidos internacionalmente.”
El contexto
Esta medida se enmarca en una política más amplia del Gobierno Nacional que ya aplicó en otros rubros: no exigir normas técnicas locales cuando el producto ya cuenta con certificaciones internacionales serias, ni imponer requisitos locales a productos destinados exclusivamente a la exportación. El año pasado se aplicó el mismo criterio para la importación de salvavidas, que en Argentina costaban entre cuatro y ocho veces más que en el exterior por el mismo motivo.

Creadora de este diario libre de pauta y ad honorem · Paleolibertaria · Emprendedora · CABA, Argentina.
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