(Imagen ilustrativa generada con IA por Potus Amarillo)
El ministro de Economía Luis Caputo firmó la Resolución 765/2026, publicada hoy en el Boletín Oficial, que declara el estado de emergencia y desastre agropecuario en distintas zonas productivas de la provincia de Mendoza afectadas por heladas y tormentas de granizo ocurridas durante el período agrícola 2025/2026.
La medida se dictó a partir de la recomendación de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios (CNEyDA), que analizó la situación el 5 de mayo de 2026, y convalida el Decreto Provincial 125 firmado por el gobierno mendocino el 28 de enero de 2026.
Emergencia vs. desastre: qué diferencia hay
La Ley 26.509 — que regula el sistema nacional de emergencias agropecuarias — establece dos categorías según la gravedad del daño:
Estado de emergencia agropecuaria: se aplica a explotaciones que sufrieron un daño de entre el 50% y el 79% de su producción. Los productores en esta categoría acceden a beneficios impositivos y financieros, pero su situación es considerada recuperable dentro del ciclo productivo.
Estado de desastre agropecuario: se aplica a explotaciones que sufrieron un daño del 80% o superior. Es la categoría más grave y habilita mayores beneficios, dado que la pérdida compromete seriamente la continuidad productiva del establecimiento.
Período de vigencia
— Para las explotaciones afectadas por heladas: desde el 1° de diciembre de 2025 hasta el 31 de marzo de 2027.
— Para las explotaciones afectadas por granizo: desde el 1° de enero de 2026 hasta el 31 de marzo de 2027.
Las zonas afectadas
La declaración abarca distritos de los siguientes departamentos de Mendoza: San Carlos, Tunuyán, Tupungato, Junín, La Paz, Rivadavia, San Martín, Santa Rosa, Las Heras, Lavalle, Luján de Cuyo, Maipú, General Alvear y San Rafael.
Se trata de zonas bajo riego ubicadas en el corazón productivo de la provincia, que concentran una parte importante de la producción vitivinícola, hortícola y frutícola mendocina.
Qué beneficios reciben los productores
Los productores afectados que se encuentren dentro de las zonas declaradas pueden acceder a los beneficios previstos en los artículos 22 y 23 de la Ley 26.509, que incluyen:
— Prórroga o refinanciación de deudas impositivas ante ARCA (ex AFIP).
— Facilidades crediticias en bancos nacionales oficiales o mixtos, incluyendo el Banco Nación.
Para acceder a estos beneficios, los productores deben presentar un certificado emitido por la autoridad competente de la provincia de Mendoza que acredite que su predio o explotación se encuentra comprendido en la declaración.
Cómo funciona el proceso
La provincia de Mendoza deberá remitir a la Secretaría Técnica Ejecutiva de la CNEyDA el listado de productores afectados, acompañado de los certificados de emergencia correspondientes. Las instituciones bancarias nacionales y ARCA deberán arbitrar los medios para que los productores puedan acceder efectivamente a los beneficios.
La CNEyDA que recomendó la medida contó con representantes del INTA, el Servicio Meteorológico Nacional, el Banco Nación, el Banco Central, ARCA, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Economía, las principales entidades agropecuarias nacionales — CRA, FAA, CAME, SRA, CONINAGRO y FONAF — y representantes provinciales.

Creadora de este diario libre de pauta y ad honorem · Paleolibertaria · Emprendedora · CABA, Argentina.
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