Desde hoy está operativo el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI). La Resolución General Conjunta 5849/2026, firmada por la secretaria de Energía María Carmen Tettamanti, el secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca Sergio Iraeta y el director ejecutivo de ARCA Andrés Vázquez, fue publicada este lunes en el Boletín Oficial y completa el marco normativo que necesitaban las empresas para comenzar a operar dentro del régimen.
Qué es el RIMI y en qué se diferencia del RIGI
Si el RIGI —Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones— está diseñado para proyectos de más de USD 200 millones, el RIMI apunta al universo de las micro, pequeñas y medianas empresas. Su objetivo es el mismo: incentivar la inversión productiva en Argentina con beneficios fiscales concretos. Pero sus destinatarios son distintos: el empresario mediano, el productor agropecuario, la empresa familiar que quiere modernizarse o crecer.
El RIMI fue creado por la Ley 27.802 de Modernización Laboral y reglamentado por el Decreto 242/2026, publicado el 13 de abril de 2026. La resolución de hoy establece los requisitos, condiciones y procedimientos para que las empresas puedan efectivamente acceder a los beneficios.
Quiénes pueden acceder
Pueden beneficiarse del RIMI todas las micro, pequeñas y medianas empresas —hasta Mediana Empresa Tramo 2 inclusive— que cuenten con el Certificado MiPyME vigente al inicio del ejercicio fiscal en que realicen su primera inversión. También pueden acceder entidades sin fines de lucro —asociaciones, fundaciones, mutuales— bajo condiciones específicas establecidas en la Resolución 5849/2026.
Qué beneficios ofrece en simple
El régimen ofrece dos beneficios fiscales a las empresas que inviertan:
El primero tiene que ver con el impuesto a las Ganancias. Normalmente, cuando una empresa compra una máquina o un equipo, no puede descontar todo ese gasto de los impuestos de una sola vez: lo hace en cuotas durante varios años. Con el RIMI, ese descuento puede realizarse más rápido, lo que reduce la carga impositiva en los primeros ejercicios fiscales posteriores a la inversión.
El segundo tiene que ver con el IVA. Cuando una empresa compra bienes o equipos, paga IVA que queda registrado como un crédito fiscal a su favor. El RIMI prevé la devolución de esos créditos fiscales de IVA. Esta devolución no es automática: el Decreto 242/2026 establece que está sujeta a un cupo anual —equivalente al 50% del cupo presupuestario del régimen general de devolución de IVA— y que las solicitudes se atienden por orden de antigüedad de los saldos acumulados.
Cuánto hay que invertir para calificar
La Ley 27.802 establece montos mínimos de inversión según el tamaño de la empresa, a completar en un plazo de dos años contados desde la entrada en vigencia de la Resolución 5849/2026:
— Micro empresas: USD 150.000
— Pequeñas empresas: USD 500.000
— Medianas Tramo 1: USD 3.500.000
— Medianas Tramo 2: USD 9.000.000
Sin monto mínimo para algunas inversiones del agro y la energía
Ciertas inversiones no requieren alcanzar ningún monto mínimo para acceder a los beneficios. Según el Decreto 242/2026, quedan exentas del requisito: sistemas y equipos de riego agrícola orientados a optimizar el uso del agua, mallas antigranizo de polietileno de alta densidad con resistencia mínima de 20 mm al impacto del granizo, y animales con fines reproductivos de genética superior registrados en asociaciones de productores. La Resolución 5849/2026 establece que las Secretarías de Energía y de Agricultura definirán mediante normas complementarias qué bienes de alta eficiencia energética también quedan incluidos en esta categoría sin monto mínimo.
Qué tipo de bienes califican
Los bienes elegibles son equipos y maquinaria nueva —excepto automóviles— que clasifiquen como Bienes de Capital o Bienes de Informática y Telecomunicaciones según el Decreto 557/2023. También califican obras de infraestructura que al momento de entrada en vigencia de la ley tuvieran un avance inferior al 30% del monto total.
Cómo se tramita
Todo el proceso se realizará online a través del “Sistema de Gestión de Inversiones (SGI)” que implementará ARCA. El organismo, junto con la Secretaría de Energía y la Secretaría de Agricultura, podrá realizar controles y auditorías para verificar el cumplimiento. Si una empresa no cumple, deberá restituir los beneficios más los intereses y multas que correspondan.

Creadora de este diario libre de pauta y ad honorem · Paleolibertaria · Emprendedora · CABA, Argentina.
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