Jorge Macri y su causa por lavado de dinero en la justicia en modo simple.

Bueno, como Macri habló de créditos y deptos y como a mis lectores no les gusta que escriba en modo difícil:
Hay una investigación penal contra Jorge Macri (jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires) y otras dos personas (Florencia De Nardi y Javier Rubira Alonso). Los acusan de lavado de dinero (es decir, hacer que plata de origen dudoso parezca legal) por la compra de un departamento en Miami en 2011, a través de una sociedad o empresa.
Concretamente:
El inmueble se adquirió por US$ 403 mil dólares a nombre de la sociedad “Icon Unit 1704 LLC”, creada un mes antes por Jorge Macri y su entonces esposa Florencia De Nardi, con un capital inicial declarado de solo US$ 10.000.
Para financiar esa compra, según lo declarado en el expediente y ante la AFIP, se usaron dos préstamos:

-Uno hipotecario del banco BAC Florida Bank por US$ 219.000.
-Otro de una sociedad uruguaya llamada Fawsley S.A. por US$ 184.000 (que luego habría sido cedido a otra firma panameña vinculada a una hermana de Jorge Macri).

En total, los dos préstamos suman casi exactamente el precio del departamento (US$ 403.000).
La acusación gira alrededor de si esos fondos (especialmente el préstamo de 184 mil dólares de la sociedad uruguaya) tienen origen lícito o si podrían formar parte de una maniobra para lavar dinero.

-En primera instancia decidió sobreseerlos → esto significa “cerrar el caso y decir que no hay delito” o que no hay pruebas suficientes para seguir investigando.
Esa decisión fue confirmada por una cámara de apelaciones.
El fiscal (el que acusa por parte del Estado) no estuvo de acuerdo y siguió apelando.
-La Cámara de Casación Penal (otro tribunal intermedio) dijo que el recurso del fiscal no era válido → o sea, mantuvo el sobreseimiento.
-El fiscal entonces llevó el tema a la Corte Suprema con un “recurso de queja” (una forma de pedir “por favor revisen porque creo que se equivocaron feo”).

La mayoría de los jueces de la Corte (Rosatti, Lorenzetti, y dos conjueces: Sánchez Torres y Candisano Mera) le dieron la razón al fiscal y dijeron, básicamente: La Cámara de Casación se equivocó al rechazar el recurso del fiscal sin analizar bien los argumentos.
No contestaron apropiadamente los planteos de que el sobreseimiento fue “prematuro” (es decir, se cerró la causa demasiado rápido, sin investigar todo lo que hacía falta).
Por eso, dejaron sin efecto (anularon) la decisión de Casación que mantenía el sobreseimiento.
Ordenaron que vuelvan a mirar el tema y dicten una nueva resolución respetando lo que dijo la Corte.

En criollo: La Corte dijo “no, paren, no se puede cerrar el caso tan rápido. El fiscal tiene derecho a que le revisen bien sus quejas. Devuelvan el expediente y decidan de nuevo”.
Hubo una disidencia (voto en contra) del juez Rosenkrantz, que pensaba que no había que tocar nada y que el recurso del fiscal no correspondía.

¿Qué pasa ahora mismo?
El caso no está terminado. Vuelve hacia abajo para que otro tribunal vuelva a decidir si confirma el sobreseimiento o si ordena seguir investigando (o incluso elevar a juicio oral).
No significa que ya condenaron a nadie, solo que la investigación no se puede cerrar todavía según lo que opinó la mayoría de la Corte.

Así que, Jorge tiene una causa por lavado de dinero en la justicia. Aunque pareciera que a los medios no les interesa contarte las actualizaciones de la causa.

Fuente: Corte Suprema de Justicia de la Nación
Fecha de sentencia: 26 de febrero de 2026




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